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Actos de Vida y Enmiendas

El 21 de diciembre de 2000, el Presidente firmó la ley significativa nueva legislación de inmigración, a partir del 1 de abril de 2001. La Inmigración Legal y Equidad Familiar (LIFE) de la Ley y las enmiendas han creado efectivamente nuevas categorías de visas de no inmigrante, incluyendo tres V Visados, el K- 3 Visa y el K-4 Visa. Muy útil para los beneficiarios de preferencias segundo y cónyuges de ciudadanos estadounidenses, estas visas ayudarán a facilitar el proceso de inmigración de miles de individuos, y reunir a las familias separadas por largos períodos de tiempo durante el proceso de inmigración.

 

Las nuevas categorías permitirán la emisión de visas de no inmigrante a los cónyuges, hijos y, en algunos casos, los nietos de ambos extranjeros residentes permanentes legales y los cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Los beneficiarios podrán solicitar la admisión a los EE.UU. como no inmigrante y luego de permanecer en los EE.UU. hasta que la petición de visa es aprobada o negada. Si la petición es aprobada, los beneficiarios pueden seguir para permanecer en los EE.UU. hasta que la solicitud de ajuste de estatus es aprobada o denegada, o pueden solicitar una visa de inmigrante en una oficina consular en el extranjero.

 

Estas nuevas categorías se refieren específicamente a los cónyuges e hijos de los cuales una visa de inmigrante o ajuste de estatus no está disponible a pesar de que la petición ha sido presentada. Esta falta de disponibilidad puede ser debido a retrasos en el procesamiento largos o la ausencia de números de visa disponibles debido a las limitaciones anuales de visado.

 

VISAS V

 

La nueva categoría V está abierto a los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes legales (LPR) que han presentado peticiones para la segunda preferencia (F2A) de estado con el USCIS en su nombre. Estas peticiones se deben haber presentado a más tardar el 21 de diciembre de 2000. Los hijos solteros menores de 21 de esos beneficiarios también pueden ser elegibles para esta clasificación.

 

Los cónyuges que califican para este estado se clasifican como V1; los niños se clasificarán como V2; y los niños derivados de cualquiera de los cónyuges o hijos se clasificarán como V3. Con el fin de ser clasificado como V3, los solicitantes deben demostrar que son los hijos de los individuos de estado V1 o V2. Todos los solicitantes deben ser elegibles para la expedición de visados ​​en todas las otras leyes migratorias aplicables. Debido Visas V sólo están disponibles para las peticiones presentadas antes del 21 de diciembre de 2000, la categoría con el tiempo se desvanecen ya sea en tres años o cuando hay candidatos más elegibles.

 

PASOS

 

Los solicitantes deben demostrar que han estado esperando por lo menos tres años para la acción por el USCIS sobre su petición. Si el USCIS ha aprobado la petición, los solicitantes deben demostrar que no han recibido un número de visa debido a las limitaciones numéricas en todo el mundo, o que su ajuste de estatus o visa de inmigrante está aún pendiente.

 

El Centro Nacional de Visas enviará un aviso especial a todos los solicitantes que presentaron peticiones en o antes del 21 de diciembre 2000, cuando la fecha de prioridad es al menos tres años (siempre que el USCIS tiene un récord de petición en sus archivos en el Centro Nacional de Visas ). La carta informativa perfilará los documentos requeridos y dará instrucciones a los solicitantes en contacto con un puesto de expedición de visados. La carta también contendrá información de contacto pertinente. V Visas solamente se procesará en los puestos actuales IV-emisor. Las solicitudes deberán presentarse en la oficina consular designado en su petición I-130. Mensajes únicamente tratará los solicitantes que son residentes de sus distritos consulares o que son residentes de su región centralizada IV.

 

DOCUMENTOS

 

Debido a que las funciones V Visa como un sustituto para una visa de inmigrante, la mayor parte del proceso es similar al de la obtención de una visa de inmigrante. Los solicitantes se les puede pedir a proporcionar documentos locales que establecen las relaciones familiares y, en algunos casos, los testimonios para establecer la verdad de estas relaciones. También se les puede pedir a los solicitantes a presentar pruebas para establecer que su salud y antecedentes penales cumplen las normas suficientes para proteger al público estadounidense.

 

K-3 y K-4 VISAS

 

Las nuevas visas K están abiertos a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que son los beneficiarios de una petición de visa de inmigrante (I-130). Hijos solteros Los cónyuges menores de 21 también son elegibles. A diferencia de la categoría V, no hay leyes que permiten la expedición de visados ​​para los nietos del cónyuge o el peticionario.

 

PASOS

 

Los cónyuges que califican para este estado se clasificarán como K3. Con el fin de obtener la clasificación K3, la petición de visa de no inmigrante debe haber sido presentada en los EE.UU. por el cónyuge ciudadano estadounidense. Los solicitantes deben demostrar que su matrimonio con un ciudadano estadounidense es válido, que son los beneficiarios de una petición de visa de inmigrante I-130 presentada ante el USCIS, y que desean ingresar a los EE.UU. a la espera de la aprobación de la petición I-130 o el disponibilidad de una visa de inmigrante.

Si la petición ha sido aprobada, los beneficiarios deseen tramitar sus visas de inmigrante en lugar de la visa K3. Cuando el beneficiario se aplica para la visa de no inmigrante K3 el oficial consular le preguntará si desean averiguar si la petición aprobada ha sido recibida de USCIS. Si es así, el solicitante podrá entonces la petición remitida al procesamiento consular para que el solicitante puede presentar una solicitud de visa de inmigrante. La solicitud debe ser presentada en la oficina consular designado por el Subsecretario Adjunto de Estado para Servicios de Visa para procesar las solicitudes de visa de inmigrante para los nacionales del país en que se encuentra el puesto de procesamiento de K3.

 

Los hijos de los cónyuges que califican para este estado se clasificarán como K4. Con el fin de obtener la clasificación K4, el candidato debe demostrar que él / ella es el hijo de un extranjero con derecho a la clasificación K3. Si el matrimonio del beneficiario a los ciudadanos de Estados Unidos se llevó a cabo en el extranjero, el visado debe ser expedido en el país donde se celebró el matrimonio. Si el país no cuenta con una oficina consular, el beneficiario deberá solicitar en la oficina consular designado por el Subsecretario Adjunto de Estado para Servicios de Visa a aceptar las solicitudes de visa de residencia de los nacionales de ese país. Si el matrimonio se llevó a cabo en los EE.UU. las solicitudes deben presentarse en el país de residencia del cónyuge extranjero.

 

DOCUMENTOS

 

Debido a que el K3 y K4 función Visas como sustitutos de visas de inmigrantes, la mayor parte del proceso es similar al de la obtención de una visa de inmigrante. Los solicitantes se les puede pedir a proporcionar documentos locales que establecen las relaciones familiares y, en algunos casos, los testimonios para establecer la verdad de estas relaciones. También se les puede pedir a los solicitantes a presentar pruebas para establecer que su salud y antecedentes penales cumplen las normas suficientes para proteger al público estadounidense.

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