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EB-4 Inmigrantes especiales
La clasificación EB-4 incluye 2 grupos de extranjeros:
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Trabajadores religiosos - principalmente los ministros de culto.
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Los empleados y ex empleados del gobierno de Estados Unidos en el extranjero que son ciudadanos extranjeros.
Esta categoría debe presentar el Formulario I-360, Petición para Amerasian, viudo (a), o inmigrante especial, al mismo tiempo que una serie de otras formas dependiendo de sus necesidades con el USCIS que sirven a la zona en la que el inmigrante va a funcionar.
Pasos (Trabajadores Inmigrantes Religiosa)
Su empleador debe presentar en el USCIS el Formulario I-360 con el Centro de Servicio Regional de USCIS que tiene jurisdicción sobre el lugar de su empleo. Usted debe haber estado trabajando con su organización religiosa durante al menos dos años. Usted debe estar entrando en los EE.UU. para trabajar en una de las siguientes capacidades:
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Como un ministro o sacerdote de su denominación religiosa
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En una capacidad profesional en una vocación religiosa u ocupación para su
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organización religiosa (esto requiere una licenciatura o su equivalente).
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En una vocación religiosa u ocupación para su organización religiosa o su filial sin fines de lucro .
Documentos (Trabajadores Inmigrantes Religiosa)
Junto con la presentación de la Forma I-360, usted debe presentar los siguientes documentos:
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La prueba de que su organización religiosa es una organización sin fines de lucro.
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Una carta de un oficial de la organización religiosa en los EE.UU. indicando que ha sido miembro de la denominación durante al menos dos años, y que tiene por lo menos dos años de experiencia en su vocación u ocupación. La carta también debe indicar ciertos detalles acerca de su tipo particular de vocación / ocupación.
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Esta carta también debe indicar cómo se le paga por su trabajo, y que no tiene intención de complementar sus ingresos con un segundo trabajo, o depender de la caridad de apoyo.