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La inmigración de Estados Unidos permite a las personas que han temor a la persecución a solicitar asilo o estatuto de refugiado que les permita obtener la residencia permanente (green card) bien fundadas. Sin embargo, para calificar el solicitante tenga que pertenecer a una o más de las 5 categorías de personas que han bien fundado temor de persecución a causa de su:

 

  • raza,

  • nacionalidad,

  • religión,

  • pertenencia a determinado grupo social, o porque él o ella se identifica con un determinado grupo social,

  • opinión política que lo someta a la persecución.

 

Además, la ley exige que el solicitante debe aplicar el plazo de 1 año de su llegada a los EE.UU. de lo contrario; solicitante debe demostrar o bien circunstancias extraordinarias o cambio de circunstancias en su país de origen.

 

Pasos

 

Usted debe solicitar la residencia permanente legal en asilado Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente de ajuste de estatus. Usted debe haber sido en los EE.UU. bajo condición de asilado durante al menos un año.

 

Documentos

 

Además de la Forma I-485, los siguientes documentos y formularios también se requieren:

 

  • Cuota de huellas dactilares (si usted está entre las edades de 14 y 79)

  • Tasa de presentación del Formulario I-485

  • Formulario G-28 (si procede), firmado por usted y su abogado / representante

  • 2 fotos en un sobre con grapas de la esquina inferior izquierda del Formulario I-485. Por favor escriba su nombre y un número (si lo conoce) a lápiz de luz en la parte posterior de cada foto.

  • Firmado el Formulario G-325, si tiene 14 años o más.

  • Formulario I-693 Suplemento Médico con vacunación. Un cirujano civil de USCIS autorizado debe realizar este examen médico y completar el formulario.

  • Evidencia de asilado. Esto puede incluir una copia de su Formulario I-94 y una copia legible de la carta que la concesión de asilo.

  • Formar IRS-9003, opcional.

  • Formulario I-602, Solicitud de refugiado para la exención de causales de exclusión, en su caso.

  • La evidencia de que usted ha estado en los EE.UU. durante al menos un año.

  • Prueba de cualquier ausencia de los EE.UU. ya se le ha concedido asilo.

  • Un certificado de nacimiento u otro registro de nacimiento.

  • Prueba de cualquier cambio de nombre jurídicos realizados desde que se concedió la condición de asilo.

Asilado o refugiado Inmigración

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